Inicio
Fondo de Ayudas Especiales PDF Imprimir E-Mail

Abierto el plazo de solicitudes

Como en años anteriores, el Fondo de Ayudas Especiales se ajustará a los siguientes criterios para el reparto de cantidades a los solicitantes:

Beneficiarios

Personal en activo o sus familiares en primer grado que convivan con ellos y que no perciban ningún tipo de renta.

Grupo A) Incluye los gastos producidos por asistencia sanitaria que teniendo un carácter especial o singular (por ejemplo gastos derivados de oncología y minusvalía)  a criterio unánime de los componentes de la Comisión, no se encuentren cubiertos por el sistema de la Seguridad Social.

Grupo B) Gastos producidos por asistencia sanitaria que, sin ser de naturaleza especial o singular, no se encuentren cubiertos por la Seguridad Social, con las siguientes excepciones

Gastos excluídos:
Oftalmología: Quedan excluidos los gastos de monturas de gafas.
Odontoestomatología: Quedan excluidos los gastos de extracciones, limpiezas, fluorizaciones y radiografías.
Otros: Quedan expresamente excluidos los gastos producidos por hidroterapia, medicinas alternativas y gastos farmacéuticos.

Gastos incluídos en 2010:
Facturas de vacunas VPH (Virus Papiloma Humano) para hijas de empleados en activo que no se hayan podido vacunar, por edad, a través del Sistema Público de Salud.

Personal Pasivo:
Grupo C)
Contempla ayudas para casos de especial necesidad a los prejubilados, jubilados y viudos/as, destinadas particularmente a la atención de gastos producidos por asistencia sanitaria no cubierta por la Seguridad Social, en las mismas condiciones que el Grupo B.
Las facturas deben estar a nombre exclusivamente de los titulares jubilados, prejubilados y viudos/as.

Importes

Para poder acceder a estas Ayudas, la suma total de las facturas presentadas debe ser superior a 650 Euros, mientras que la cantidad máxima a percibir por los solicitantes de los Grupos B y C tendrá un límite de 1.250 Euros por petición.

Plazos

Recepción de solicitudes: hasta el 30 de Septiembre 2010
Fechas de las facturas, comprendidas entre el  1 de Julio de 2009 a 30 de Junio de 2010.
Abono: en nómina de Diciembre de 2010.

Solicitudes

Se establece un modelo unificado de solicitud (RRHH-111), que deberá ir acompañado por las facturas originales (sin raspaduras ni enmiendas) o fotocopias compulsadas por organismos oficiales, en las que debe figurar fecha, emisor, NIF, firma/sello del establecimiento, detalle e IVA, si procede.
Se remitirá a la Secretaría de la Comisión Paritaria para los Fondos de Ayudas Especiales a través de las UTR’s o por medio de los delegados de UGT que en todo momento prestarán la ayuda necesaria y aclararán las dudas que surjan. Es conveniente que el interesado se quede copia.

(Para descargar impreso de solicitud, pinchar en Circulares Estatal)  

 
< Anterior   Siguiente >